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BLOG BUSCANDO AMÉRICA: Arma letal disuasiva contra los violadores sexuales

El 9 de noviembre se presentó el proyecto de ley 02115 que aumenta las penas privativas de la libertad e incorpora la pena de castración química como sanción complementaria.

Imagen izq. colores: Grabado de la edad media en Paris, preparativos para la castracion fisica de un individuo en1,594.
Imagen izq. colores: Grabado de la edad media en Paris, preparativos para la castracion fisica de un individuo en1,594.
 

Por: Luis E. Forero Medina - Abogado/Especialista en
Saluderecho


Los delincuentes con o sin requisitorias por el delito de violación sexual podrían ser penados hasta con la castración; las penas considerablemente aumentadas si la víctima es un menor de edad, y no podrían esconderse ni en el fin del mundo porque sus delitos nunca prescribirán.

Esa es la reacción del Poder Legislativo del Perú, ante la inentendible conformidad para esos maleantes de la peor canalla; que cuando caen en manos de la Ley los aplican penas ínfimas y hasta les dan la casa por cárcel. La casa en donde ellos cometieron esas infamias.

El 9 de noviembre pasado se presentó  el proyecto de ley 02115 que aumenta las penas privativas de la libertad e incorpora la pena de castración química como sanción complementaria.

De esta manera se reforma el artículo 28 del Código penal peruano que establece como penas por la autoría de cualquier delito, la prisión  preventiva, la prisión  restrictiva de la libertad y la  limitación  de derechos. Si el Pleno aprueba estas iniciativas antes de finalizar este año como se espera, se agregará a esa norma la castración química como otra de las penas contempladas en la legislación peruana.

Al día siguiente, el 10 de noviembre se presentó  el proyecto de ley 02119 por el grupo Peruanos por el Kambio que aumenta las penas de los delitos de violación de la libertad sexual. Con esta iniciativa el grupo parlamentario gubernamental pretende perseguir y sancionar todos los casos de agresión sexual, protegiendo a la población más vulnerable de explotación sexual, por su edad, discapacidad e incapacidad frente al agresor.

Simultáneamente  la Comisión de Justicia del Congreso de la República del Perú  también reformará las normas penales a la  prescripción en ese tipo de delitos. La prescripción de la acción penal  es un arma de los violadores en este caso,  para que pase el tiempo previsto por la ley, supremamente corto, y no se les judicialice ni condene, quedando impunes, es decir sin castigo a la víctima ni reparación al victimario.

En fuentes de dicha Comisión se manifestó que la actual norma penal sobre prescripción de la acción penal favorece a los delincuentes porque   “cuando el chico ya es joven y decide denunciar, no hay nada que pueda hacer la justicia porque este delito ya prescribió, lo que es injusto.”

Por la inusitada e inesperada avalancha de proyectos sobre ese tema, hasta el momento no existe consenso si se unificarán las distintos iniciativas;  se adopta por la imprescriptibilidad de los delitos de violación sexual; o si se modifica el texto actual, (calificado de benévolo) contemplando que  la prescripción empiece a correr desde el momento en que la persona es mayor de edad.

@luforero4
 
 

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