En SOCIEDAD |

Un sistema de justicia a velocidad variable que funciona según la cara del acusado

SISTEMA JUDICIAL HUANCAVELICANO.

De una gran eficacia en la caso de pequeños delitos de corrupción de funcionarios pero son cojos, mancos, ciegos y sordos con los delitos de gran envergadura.

La "celeridad" de la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica.
 

"Sentencian a trabajador del Estad?o a 5 años de cárcel por pedir tóner de 180 soles de coima. Cumplirá sentencia en el Establecimiento Penitenciario de Huancavelica"

¿Qué mensaje quieren enviar a la población con ese tipo de sentencias a pequeños delincuentes de corbata?

¿Qué la justicia en Huancavelica es ejemplar y trabaja muy bien?

¿Qué esta justicia no solo penaliza sino que rehabilita al delincuente?

¿Por qué no hay casi nunca casos de la gran corrupción?

HUANCAVELICA - El Ministerio Público, a través de la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica, consiguió una sentencia de 5 años de pena privativa de la libertad efectiva contra el ex jefe de la Oficina de Fiscalización de la Dirección Regional de Transportes, Luis Humberto Casas Llanco. Éste, luego de una intervención en flagrancia fue hallado culpable del delito contra la administración pública en la modalidad de cohecho pasivo impropio.

SENTENCIA. Tras recibir la denuncia el 5 de agosto, la fiscalía en forma conjunta con la Policía Anticorrupción organizó una intervención, logrando la detención de Casas Llanco en flagrancia, cuando éste recibió un tóner valorizado en 180 soles y la boleta de venta solicitada al denunciante, a cambio de la devolución de su licencia de conducir.

En menos de 24 horas, el Ministerio Público recabó todos los elementos de convicción y solicitó ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Huancavelica la aplicación del proceso inmediato, hecho que fue aceptado por el magistrado a cargo, al igual que el pedido de prisión preventiva.

Durante el desarrollo del juicio el fiscal adjunto, Franz Ponce Rosado, sustentó cada uno de los elementos de prueba, que vinculan al imputado con el delito de cohecho pasivo impropio, tipificado en el artículo 393° del Código Penal.

Por su parte, el sentenciado aceptó haber recibido el tóner de parte del usuario, como una colaboración para realizar las labores de su oficina, puesto que en esos momentos carecían de ese insumo, a pesar de haber solicitado la dotación a su entidad. También expresó que se negó a entregar la licencia, al observar falencias legales en la resolución que ordenaba la liberación del vehículo del usuario que denuncio el hecho.

Mientras que el magistrado dictó una pena privativa de la libertad de 5 años, sentencia que tendrá que cumplir en el penal de “San Fermín”. La defensa técnica apeló el fallo, que será deliberado en segunda instancia.

Por denuncia de un usuario, Casas Llanco fue intervenido por la Fiscalía y la PNP en el momento de la flagrancia.

Fuente: Correo
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