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Adultos mayores, ¡Se quedan viendo volar sus esperanzas!

Como ya es una tradición en la política peruana, cuando se trata de los pobres, hay abundancia de buenas intenciones que se ahogan en la puerta de entrada de fondos públicos.

Pero hubo una excepcion, fue cuando el Congreso logro aprobar una ley de defensa de derechos humanos del adulto mayor, pero dos congresistas paralizaron esa buena iniciativa por razones mezquinas.
Pero hubo una excepcion, fue cuando el Congreso logro aprobar una ley de defensa de derechos humanos del adulto mayor, pero dos congresistas paralizaron esa buena iniciativa por razones mezquinas.

 

Por: Luis E. Forero Medina  Abogado/Especialista enSaluderecho


Publicado en marzo 2019 | Antes de 2016 a la población peruana con más de 60 años se  les aplicaba la Ley 28803 del 2006; que para acomodarla de acuerdo con la Convención de la OEA, el  20 de julio de 2016 fue promulgada la ley Nº 30490 o ley de la persona adulta mayor, pródiga en derechos en favor de los adultos mayores que estén en extrema pobreza o no.

Los mayores de 60 años  que no tienen recursos económicos, a nivel nacional pueden acceder a los servicios que ofrecen los centros integrales de atención al adulto mayor (CIAM) y los  centros de atención para personas adultas mayores; que los atienden de día, de noche o de paso.

Por cuenta del  Ministerio de Salud y Essalud, todos  los adultos mayores en situación de extrema pobreza, tienen derecho a ser atendidos en medicina general y familiar; salud mental, oral, ocular, geriatría, nutrición, actividad física y estilos de vida saludable. Igualmente a  participar  en actividades turísticas, artísticas, culturales, recreativas, de esparcimiento y deportivas; todo a cargo del Estado.
 
Lo anterior por estar consignado en la ley; empero en muchos distritos ni siquiera  están en funcionamiento los  centros de atención para personas adultas mayores, argumentando que no disponen de presupuesto; mucho menos tienen  un censo confiable de ese colectivo; como es obligación legal de los gobiernos nacional, regional y local de llevar un Registro actualizado de esta población, clasificada socio económicamente.
 
Si de una parte el Poder Ejecutivo en sus tres niveles (nacional, departamental y local) manda al rincón a los adultos mayores; en el Congreso de la República no faltan las maniobras en su contra.


 

Se debe desenmascarar en la plaza pública al dúo de congresistas sin corazón.

 

 


En la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República se reveló el conejo que se le hizo a los adultos mayores, relatado por la señora  Mercedes Aráoz Fernández (PPK) así: “ el año pasado se aprobó una convención importante de derechos humanos en materia de adulto mayor. Y la congresista Salgado (Luz Filomena Salgado de Fuerza Popular) logró la aprobación mayoritaria, no había oposición de esta convención que trata sobre los derechos del adulto mayor. Y para sorpresa nuestra, que ya queríamos ver publicada la resolución legislativa, parece que un par de congresistas hicieron un pedido de retirar la convención sorpresivamente, fuera del debate, y eso realmente sí afecta a muchas personas”. Ese dúo de congresistas está por desenmascararse.
 
Para la Defensoría del Pueblo en los adultos mayores  “existen situaciones de riesgo que afectan sus derechos a la vida, salud, integridad, dignidad, igualdad y la seguridad social, entre las que se encuentran la pobreza, el maltrato, la violencia, el abandono y la dependencia”.

El Perú es de los pocos países en el Continente que no se ha adherido expresamente a  la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, aprobada el 15 de junio de 2015 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

Lo anterior no se ha materializado por falta de  iniciar el trámite respectivo, consistente en que previamente los Ministerios de Educación, Producción, Cultura, Transportes y Comunicaciones e Interior, expresen su conformidad con la Convención. Una vez adelantado lo anterior, corresponde al   Congreso de la República discutir y aprobar o no la Convención; en caso afirmativo  el presidente de la República ha de  firmarla, para que se promulgue en el diario El Peruano.

La adhesión a ese instrumento internacional “es fundamental en la medida que contiene los principios básicos para la formulación de políticas públicas sobre envejecimiento y brinda un marco de protección de los derechos fundamentales de las personas adultas mayores, que son alrededor del 10% del total de la población en nuestro país”, concluyó la Defensoría del Pueblo.

De acuerdo el censo 2017, el 11.9% de la población peruana, son adultos mayores, es decir cerca de 3 millones y medio de personas.

 
@luforero4
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