En CASO ODEBRECHT |

La Madre Patria no recibirá todavía a su "Cholo Sagrado" fugitivo

Jueza de California suspende temporalmente la extradición del expresidente Toledo porque este pidió suspender el traslado debido a que hay mucha violencia en el Perú.

Jueza Laurel D. Beeler paralizó extradición por una semana, pero le da chance a Alejandro Toledo de conseguir una suspensión mayor en un tribunal superior de Estados Unidos.
Jueza Laurel D. Beeler paralizó extradición por una semana, pero le da chance a Alejandro Toledo de conseguir una suspensión mayor en un tribunal superior de Estados Unidos.

 

Ayer jueves 23, la jueza Laurel D. Beeler, de la Corte del Distrito Norte de California, suspendió temporalmente el proceso de extradición —aprobado por el Departamento de Estado— del expresidente Alejandro Toledo, quien busca evitar que el Gobierno de Estados Unidos lo entregue a las autoridades peruanas para que sea procesado por los presuntos delitos de colusión y lavado de activos en el Caso Interoceánica. Según la Fiscalía, el exmandatario recibió cerca de 35 millones de dólares de sobornos por parte de Odebrecht.

 

Según la resolución a la que accedió La República, la magistrada rechazó la pretensión principal de Toledo: suspender la extradición hasta que la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito resuelva, en segunda instancia, un habeas corpus con el que busca anular todo el proceso de repatriación.

 

D. Beeler, al igual que en junio de 2022, sí accedió al pedido secundario del exjefe de Estado y ordenó suspender la extradición por un plazo de 7 días o, "si el demandante presenta una moción de suspensión ante el Noveno Circuito dentro de los siete días a partir de esta orden, hasta la fecha en la que el Noveno Circuito se pronuncie sobre esa solicitud".
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De acuerdo con la resolución, Toledo Manrique se comprometió a presentar su requerimiento de suspensión en el Noveno Circuito "a más tardar" el lunes 27 de febrero. Dicha maniobra legal no fue cuestionada por el Gobierno de los Estados Unidos.

 

 

Plazos ajustados

 

Alejandro Toledo adelantó que presentará el 27 de febrero un pedido para suspender su extradición ante el Noveno Circuito hasta que esta instancia resuelva el habeas corpus.

 

Justamente, la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito programó para el lunes 6 de marzo una audiencia en la que se escucharán los argumentos orales en el caso del habeas corpus del exmandatario.

 

"Los argumentos orales se han vuelto cada vez más raros durante la pandemia. (Entre enero y la primera quincena de marzo de 2020, el 69% de los casos del Noveno Circuito se decidieron sin argumento oral). Como mínimo, el Noveno Circuito ha determinado que la apelación del doctor Toledo es digna de discusión y lo suficientemente compleja como para que la decisión del panel se vea significativamente ayudada por el argumento oral", destacó la defensa de Toledo.

 

En tanto, el 9 de marzo, el juez Thomas S. Hixson programó una audiencia para debatir el pedido de la Fiscalía para revocar la libertad bajo fianza del exmandatario con el objetivo de ejecutar la extradición y entregarlo a las autoridades peruanas.

 

Los argumentos

 

La jueza Laurel D. Beeler solo acogió el argumento de Toledo Manrique respecto al eventual daño irreparable en su contra al regresar al Perú en un contexto de violentas protestas tras la vacancia de Pedro Castillo y la asunción de Dina Boluarte.

 

 

“Las condiciones son mucho más peligrosas ahora que hace un año. Desde la destitución del presidente Castillo, el país ha estado en estado de emergencia, lo que resultó en la suspensión de varios derechos constitucionales, incluyendo la libertad de tránsito, la libertad de reunión y el derecho a la privacidad en el hogar. (…) El resultado ha sido violaciones desenfrenadas de los derechos humanos; el uso de fuerza excesiva y letal contra la población indígena; y la muerte de al menos 48 personas asesinadas por las fuerzas del orden", afirmó Toledo.

 

El exmandatario no pudo demostrar que su habeas corpus tenga probabilidad de ser declarado fundado en el Noveno Circuito ni desestimar que su caso no sea de interés público.

 

Fuente: La Republica

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