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El autócrata Alberto Fujimori seguirá en el calabozo de Barbadillo

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.

Sachie e Hiro Fujimori, hijos del expresidente, pidieron su “inmediata liberación” por riesgo de COVID-19. Lea la resolución aquí.

 

 

Habeas Corpus presentado por dos hijos del exdictador Alberto Fujimori para su excarcelación por riesgo de contagio del virus chino ha sido desestimado por el TC.

 

 

Presidenta del TC, Marianella Ledesma, contó con el respaldo de los magistrados Carlos Ramos Núñez y Eloy Espinosa-Saldaña.  Augusto Ferrero y Ernesto Blume se pronunciaron a favor de su libertad.

 

 

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó por mayoría que se admita a debate un recurso que presentaron dos hijos del expresidente preso Alberto Fujimori, Sachie y Hiro Fujimori, en el que se pedía anular una decisión que tomó el Poder Judicial del 2020 y dictar la “inmediata liberación” del exmandatario ante el riesgo de contagio de coronavirus (COVID-19).

   

La resolución publicada por el TC precisa que los demandantes cuestionaron la resolución que tomó el 20 de mayo del 2020 la Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima que declaró infundado el recurso de hábeas corpus en el que pidieron que se libere a Alberto Fujimori.

 

La “inmediata libertad” del expresidente, quien está cumpliendo condena de prisión efectiva en el penal Barbadillo, se debía dar ante la avanzada edad de Fujimori Fujimori, sus enfermedades crónicas y ante el riesgo de la pandemia del COVID-19.

 

Por eso, pidieron fijar como domicilio para que el exmandatario cumpla con el resto de su condena en una casa ubicada en el fundo Pampa Bonita, Irrigación Santa Rosa, en la provincia de Sayán, propiedad de Susana Higuchi.

 

Ante esto, el TC indicó que no era de su competencia pronunciarse sobre un caso que consideraron todavía es competencia del Poder Judicial y que cuestiona una decisión que no está afectando de manera arbitraria la libertad personal de Alberto Fujimori.

 

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“Se advierte que los hechos denunciados se relacionan con asuntos que exclusivamente a la judicatura ordinaria le corresponde valorar y resolverá, tales como que el favorecido cumpla la pena privativa de libertad efectiva en su nuevo domicilio, y que aquello no derivan de manera directa de la restricción arbitraria del derecho a la libertad personal de favorecido [...] pues se encuentra recluido en función de lo dispuesto por el Poder Judicial”, se lee en el documento.

 

La improcedencia para admitir este recurso de agravio fue planteada por la presidenta del TC, Marianella Ledesma, y contó con el respaldo de los magistrados Carlos Ramos Núñez y Eloy Espinosa-Saldaña.

 

Los votos individuales de Augusto Ferrero y Ernesto Blume se pronunciaron a favor de que el TC admita como procedente el recurso y se evalúe a través de una audiencia pública para escuchar a las partes agravadas, sin pronunciarse sobre el fondo del pedido para liberar a Alberto Fujimori.

 

 

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