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El juez Juan Carlos Ckeckley y el caso de la jueza Enma Benavides

La investigación a la hermana de la exfiscal de la Nación está en juego. Los cinco meses adicionales concedidos por el juez supremo Juan Checkley son insuficientes para la Fiscalía, que ha criticado la decisión.

Solo interrogar al colombiano "Huevo", preso en Brasil por narcotráfico, tardaría un año. El fiscal pide 24 meses, Epicentro TV explica por qué. Fotomontaje de la jueza Benavides con al rostro transformado por efectos del Botox.
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EPICENTRO TV | Alcides Chinchay, el fiscal a cargo del caso “Enma Benavides”, ha cuestionado que el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley le haya dado sólo cinco meses más a la investigación contra la hermana de Patricia Benavides, ha pedido ampliar ese tiempo y que, en tanto ello sea resuelto, el juez suspenda los plazos.

 

 

El juez Checkley ha rechazado la suspensión y ha elevado el requerimiento para extensión de la investigación a la sala suprema del juez San Martín.

 

J. C. Checkley.

 

 

Si el fiscal a cargo de la investigación del caso “Enma Benavides” quisiera interrogar al colombiano Roberto Gómez Herrera, ‘Huevo’ –uno de los procesados por narcotráfico sindicado como presunto pagador de supuestos sobornos a la sala penal que integró la hermana de la fiscal Patricia Benavides, a cambio de su libertad– tendría que iniciar un proceso de cooperación judicial internacional con Brasil, en donde aparentemente está recluido, que duraría aproximadamente doce meses.

 

 

Foto de archivo de la jueza Enma Benavides.

 

Es un plazo que excede por mucho los cinco meses de tiempo adicional –”investigación suplementaria”– que en enero pasado el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley Soria, dispuso para que la Fiscalía termine de investigar este caso complejo.

 

Por ello, el fiscal supremo provisional a cargo, Alcides Chinchay Castillo, apeló la decisión tomada por el juez Checkley el 22 de enero pasado, y a través de un amplio escrito de impugnación sustentó por qué la complejidad de la investigación demanda de un plazo adicional de 24 meses para poder realizar diligencias de magnitud, y le solicitó al mismo juez supremo que, en tanto el Poder Judicial tome una decisión sobre su pedido, suspenda o congele el breve plazo de cinco meses.

 

El juez Checkley admitió lo primero y lo elevó en consulta a la Sala Penal Permanente, que preside el juez supremo César San Martín, pero rechazó lo segundo, con lo cual, los escasos cinco meses van a seguir corriendo sin que el fiscal Chinchay pueda realizar acciones de investigación de calibre.

 

Como se recuerda, tras haber tenido por meses la carpeta en su despacho, el juez Checkley ordenó que el caso “Enma Benavides” no sea archivado –como lo pidió la Fiscalía durante la gestión de Patricia Benavides–, sino que se mantenga por cinco meses más.

 

El caso estuvo casi inerte en el escritorio del fiscal supremo provisional Uriel Terán Dianderas –encargado del caso por Patricia Benavides en lugar de la fiscal Bersabeth Revilla–, el mismo que, varios meses antes de la culminación de los plazos de investigación preparatoria, solicitó el sobreseimiento o archivo del caso, en un acto por el cual hoy es investigado por presuntamente haber intentado favorecer a Enma Benavides.

 

 

El fiscal Alcides Chinchay –quien reemplazó a Terán– se desmarcó pronto de éste y retomó la vía de la investigación que había existido antes con Bersabeth Revilla, fiscal con quien también trabajó.

 

En su apelación, Chinchay le ha solicitado al juez Checkley lo siguiente:

 

Que se pronuncie sobre el sobreseimiento del delito de asociación ilícita para delinquir –uno de los presuntos imputados a Enma Benavides y a los tres jueces procesados–, pues, en la resolución que ordena la investigación suplementaria por cinco meses más, el juez no lo desarrolló.Que los actos de investigación no deben ser solo cinco, sino los que sean necesarios.

 

Solo el caso del pedido judicial a Brasil para solicitar la declaración Roberto Gómez Herrera, quien ahora está detenido en ese país y que fue liberado por la sala de Enma Benavides, demandaría un plazo de doce meses.
 

 

Colombiano Roberto Gómez Herrera (a) ‘Huevo’.

 

Para graficar el problema, el fiscal Chinchay le mencionó al juez Checkley el Oficio Nº 1753-2024-MP-FN-UCJIE-JGT/DEX 2400001565, del 30 de enero pasado, suscrito por la jefa de la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de Fiscalía de la Nación.

 

En dicho documento, la funcionaria le informó a Chinchay lo siguiente:

 

 

 

 

                Si su pedido consiste en recabar una declaración de un ciudadano que se encuentra en la República Federativa del Brasil, es de precisar, que lo recomendado por las autoridades brasileñas competentes es de seis meses, contados desde su recepción y sin contar el tiempo requerido para la traducción al idioma portugués de la solicitud de recaudos.

               

 

 

   

 

 

“(Ello) es indicador que sólo en realizar el acto de investigación –declaración de Roberto Carlos Gómez Herrera– llevaría a que se delimite temporalmente (esa diligencia) en 12 meses, aproximadamente”, le precisó el fiscal al juez.

 

Citando jurisprudencia, acuerdos plenarios y doctrina jurídica, el fiscal Chinchay le reclamó al juez Checkley que con la resolución que otorgó cinco meses adicionales a la investigación, “se está causando perjuicio al Estado y a la sociedad, puesto que, no se ha considerado la naturaleza de los actos de investigación a realizar, no se ha motivado debidamente la posible dilación del plazo de investigación suplementaria, así (como) las omisiones respecto a todos los extremos materia de sobreseimiento”.

 

Eso, en el caso del colombiano Gómez Herrera.

 

Pero, ¿qué ocurriría con el caso del otro colombiano liberado por la sala de Benavides, Edinson Ruiz Martínez?

 

 

Ruiz Martínez –como han informado los medios que investigaron el caso de Enma Benavides y ha recordado esta semana el abogado penalista César Azabache– fue detenido a mediados de 2022 por la policía colombiana, por estar sindicado en el asesinato del fiscal paraguayo de crimen organizado Marcelo Pecci.

 

Esa historia ocurrió pocos años después de haber sido excarcelado por orden de la sala penal que integraron Enma Benavides, Lorenzo Pablo Ilave y María Apaza Panuera.

 

Los argumentos fiscales

 

El fiscal Alcides Chinchay hizo este juicio de valor en su apelación respecto de lo decidido por el juez Checkley:

 

“La omisión de pronunciamiento judicial respecto a un delito sobreseído –el de asociación ilícita para delinquir– debe ser corregida. Y luego, la fijación de un plazo, irrazonablemente escueto, fuera de la primacía de la realidad y las reglas de la experiencia, afecta pues no solo la tutela judicial efectiva, aspiración de toda sociedad democrática, y por ende, al Ministerio Público como representante de ésta, sino también como promotor del valor justicia y la lucha anticorrupción”.

 

En la misma línea, añadió:

 

“En ese sentido, el señor juez supremo incurre en patología de motivación por incongruencia omisiva, al haber obviado pronunciarse sobre el extremo acotado, ya sea para disponer la realización de una investigación suplementaria, elevar en consulta al superior jerárquico o sobreseer dicho extremo”.

 

También, señaló:

 

“... Se ha omitido resolver sobre un delito cuyo pronunciamiento era ineludible por el juez y da la magnitud de dicha omisión que no solo se advierte de la parte resolutiva sino considerativa, se puede colegir claramente que el gravamen causado es irreparable porque ha dejado incontestada la petición del Ministerio Público en ese sentido y luego ha dictado un plazo que en su extensión resulta incompatible con la complejidad de las diligencias que se ordenan”.

 

En el siguiente párrafo, cuestionó el razonamiento del juez supremo:

 

“No solo no expone con corrección lógica sus argumentos (falta de justificación interna), sino que, además, no justifica la elección de sus premisas, ni de las reglas interpretativas utilizadas, invocando más bien reglas interpretativas no pertinentes para resolver el caso bajo análisis (falta de justificación externa del razonamiento)”.

 

Y, sobre el escueto plazo de cinco meses adicionales ordenados por el juez, Chinchay criticó que el juez no haya considerado las implicancias de las diligencias de levantamiento del secreto bancario de los investigados:

 

“El compulsar un Requerimiento de Levantamiento de Secreto Bancario, así como recabar la información proporcionada por las entidades bancarias y en lo posterior, con la información obtenida, disponer la realización de una pericia contable financiera, implica un espacio temporal no previsto por el Juez A quo, máxime que se obvia que al tratarse este último un acto pericial [que conllevaría un tiempo razonable en su elaboración, atendiendo a la cantidad de procesados e información a obtener] de conformidad con el art. 180 del CPP, implica como consecuencia procesal correr traslado del resultado a los sujetos procesales investigados para la observaciones del caso”.

 

Juez Juan Carlos Checkley

 

La semana pasada, Epicentro Tv informó que el juez Checkley admitió el pedido del fiscal para obtener el levantamiento del secreto bancario de los jueces mencionados.

 

Post en X de Epicentro TV del día 11 de marzo de 2024.

 

Sin embargo, rechazó la misma medida para los personajes sindicados como “intermediarios” entre los magistrados y los reos procesados por narcotráfico, es decir, los abogados Walter Mendoza Pérez y Ana Vásquez Aliaga.à

 

 

La sala que preside el juez César San Martín decidirá en forma definitiva si esta investigación se prolonga por 24 meses más. Sin duda, el pedido de “sobreseimiento” le hizo un daño a la investigación.

 

Epicentro Tv le escribió el viernes al juez Checkley para solicitarle una entrevista sobre los puntos expuestos en este informe, pero hasta el cierre del mismo no respondió.

 

 

 

 

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