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Nombramiento docente: ¿meritocracia o justicia?

El Congreso de la República publicó la Ley 31996 que autoriza el ingreso a la carrera Pública Magisterial de los profesores nombrados interinamente que fueron retirados del servicio público magisterial.

 


Por: David Auris Villegas

Escritor/Pedagogo
https://orcid.org/0000-0002-8478-6738

davidauris@gmail.com

La Ley N.º 31996, que promueve el acceso a la carrera pública docente a los profesores interinos que fueron retirados el 31 de mayo de 2015, fue publicada este 9 de abril. Algunos expertos argumentan que esta ley es un golpe contra la calidad educativa y ciertos congresistas señalan que se trata de un acto de justicia.

 

Para entender esta situación retrocedamos en el tiempo. En noviembre del año 2012, durante el gobierno de Humala se publicó la Ley de Reforma Magisterial, N.º 29944, que regula la carrera docente y reemplaza a la Ley del profesorado N.º 24029. Esta nueva ley tiene como espíritu a la meritocracia centrada en la aprobación de varios exámenes, para conformar parte de la Carrera Pública Magisterial.

 

Sin embargo, en aquel momento había aproximadamente 200.000 docentes nombrados y otros 14.000 docentes nombrados como interinos. Todos estaban sujetos a la normativa anterior al año 2012. Durante la implementación de la Ley 29944, todos los docentes nombrados fueron incorporados automáticamente a la Carrera Magisterial, lo que contradijo el carácter meritocrático de la ley. Por otra parte, debido a diversos motivos, los 14.000 docentes nombrados interinos, fueron retirados mediante la Resolución de Secretaría General 2078-2014-MINEDU, lo cual evidencia una clara injusticia e inequidad.

 

En principio, la ley debe ser igual para todos. Esto quiere decir que, ningún docente nombrado debió ser incorporado de forma automática a la carrera magisterial, sino solo después de haber aprobado un exhaustivo examen, como lo están haciendo miles de profesores después de que esta ley entrara en marcha.

 

De igual manera, para lograr la meritocracia que impulsa esta ley, no es suficiente nombrar a un profesor porque aprobó un examen ejecutado por un Ministerio de Educación (MINEDU), que, según el experto León Trahtemberg, desconoce al docente. Para una evaluación exitosa, se requiere otorgar una mayor autonomía a los Centros educativos, con la finalidad de que estos puedan contratar al docente más idóneo y evaluarlo a lo largo de un año, y luego de tres años, puede nombrarse, concluye el experto. Esta innovadora idea de evaluar a la comunidad docente, debe aplicarse, si realmente existe un interés real por mejorar la educación en el Perú.

 

Ramiro Rojas Gutiérrez, líder de los maestros retirados, me dijo que, para evitar esta engorrosa situación, en el año 2014 el Minedu debió solicitar una actualización escalafonaria a los docentes interinos y aquellos quienes tenían sus títulos pedagógicos debieron ser incorporados automáticamente al igual que los demás docentes nombrados.

 

 

A pesar de que siento una desazón por esta Ley N.º 31996, como columnista independiente, creo que esta cuestión debió solucionarse con una resolución Ministerial hace tanto tiempo. Según los reportes, beneficiará a unos 2. 500 docentes retirados. Al respecto, muchos ciudadanos, la prensa y algunos expertos se rasgan la vestidura al sostener que serán incorporados automáticamente, pero la norma dice que habrá un examen especial que implementará el Minedu de acuerdo a la ley vigente.

 

Este hecho debe fortalecer más al sistema educativo en la mejora continua, centrado en los estudiantes. Como la de capacitar y evaluar con mayor rigor a la comunidad docente: el conocimiento de su materia, sus competencias didácticas y sus habilidades blandas, pero con leyes aplicadas de manera equitativa para todos.

 

© David Auris Villegas. Escritor peruano, columnista pedagógico, profesor universitario y creador del ABDIVCP.

 

 

 

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