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Una golondrina no hace el verano, pero algo es algo por su carácter simbólico

Ex jueza que cobró 'coima' de S/10,000 a procesado por proxenetismo fue condenada a 8 años de prisión, pero la exoperadora de justicia Verónica M. Velezvilla Ñanez puede presentar recurso de apelación.

Verla entre los barrotes a esta exadministradora de la justicia corrupta todavia va tomar más tiempo. Pero una limpieza total de la casa del Poder Judicial se impone.

 
Como ella hay muchos por no decir bastante.
 
 

La Sala Penal Especial de la Corte Superior de Lima Sur condenó, en fallo de primera instancia, a ocho años de prisión efectiva a la exjueza supernumeraria (suplente) Verónica Mónica Velezvilla Ñanez, al encontrarla culpable del delito de cohecho pasivo específico en agravio del Estado.

Cabe señalar que el referido delito es aplicado a los magistrados que bajo cualquier modalidad solicita directa o indirectamente donativo, promesa o cualquier otra ventaja, con el fin de influir en la decisión de un asunto que esté sometido a su conocimiento.

 


« La exmagistrada fue acusada por el Ministerio Público porque el 2014 habría cobrado S/ 10 mil al procesado José Edis Acosta Tejada a cambio de que se le absuelva de un proceso por proxenetismo. »

 


Luego de valorar las pruebas presentadas en el juicio como audios, vídeos, testimonios, reporte de llamadas telefónicas y otros, el colegiado llegó a la convicción y certeza de la culpabilidad de Velezvilla Ñanez.

El colegiado fijó en S/ 15 mil el monto que por concepto de reparación civil deberá abonar la sentenciada a favor del Estado.

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También dispuso su inhabilitación para ejercer cargo público, así como la privación de la función, cargo o comisión que ella ejercía, aunque provenga de elección popular, por el plazo de cinco años.

No obstante ordenó que la condena sea ejecutada después que el tribunal superior resuelva el recurso de apelación que presente la sentenciada, tal como lo establece el Código Procesal Penal.

Por esta razón, le impuso restricciones como no ausentarse de la localidad donde reside ni variar de domicilio sin autorización por escrito del órgano jurisdiccional respectivo, y concurrir cada vez que sea citada.

Además deberá registrar su huella digital en la Oficina de Control Biométrico de Procesados y Sentenciados Libres de la Corte de Lima Sur cada 15 días.

El colegiado que emitió la sentencia la preside la jueza Olga Contreras Arbieto, y está integrado además por los magistrados Liliana Morales Donayre y Jorge Luis Zapata Leyva.
 

 

 


 

 

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