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Reforma laboral a retazos

Desde hace tiempo está sobre el tapete una reforma laboral integral que sin embargo no ha logrado ser consensuada con los trabajadores y empleadores.

Cada uno por su lado, el Ejecutivo y el Legislativo  dan a luz paulatinamente los puntos en los cuales versará la tan anunciada reforma laboral.
Cada uno por su lado, el Ejecutivo y el Legislativo dan a luz paulatinamente los puntos en los cuales versará la tan anunciada reforma laboral.

 

Por: Luis E. Forero Medina  Abogado/Especialista enSaluderecho


Desde hace varios años en el Perú ha estado sobre el tapete una reforma laboral integral que sin embargo no ha logrado ser consensuada con los trabajadores y empleadores.

Cada uno por su lado, el Ejecutivo y el Legislativo  dan a luz paulatinamente los puntos en los cuales versará la tan anunciada reforma laboral.

En el Ejecutivo sigue midiendo el talante a los ministros de trabajo; iniciado el año fue nombrada como  ministra de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Sylvia Cáceres Pizarro, cuya bandera es superar la informalidad y mejorar la competitividad del mercado laboral.

 

Cáceres reemplazó el pasado 18 de diciembre a Christian Sánchez Reyes; Sánchez sustituyó a Javier Barreda; Barreda, quien salió presionado por los apristas, fue   reemplazado por  el dirigente deportivo Alfonso Grados, quien sólo tuvo tiempo para coordinar la visita del papa Francisco a Perú.  En fin…en  el quinquenio PPK-Vizcarra, son seis los ministros de trabajo que han tratado de arreglar  la compleja situación laboral.

En la Comisión de Trabajo del Congreso de la República cursan iniciativas de la legislatura de 2018 que tienden a reformar aspectos del derecho individual, colectivo y procesal de trabajo y de la seguridad social.

Derecho individual

Las propuestas legislativas abarcan tanto al sector público como al privado. En el primer caso,  estará vedado el derecho de aspirar a trabajar o contratar con el Estado, cuando la persona haya sido condenada por el delito de trata de personas; en este evento la  inhabilitación  sería de por vida.

En el camino de quemar la corrupción, se tramita un proyecto de ley que pretende declarar la nulidad de despido por denunciar actos ilegales en la administración pública. Es decir que el denunciante de la corrupción no podrá ser cesado, despedido o removido del cargo; ni se pueden  suspender los contratos bajo la modalidad CAS ni las locaciones de servicio por esa causa.

Los derechos individuales de los trabajadores tienden a enriquecerse con propuestas como  la obligatoriedad de  los empleadores de habilitar comedores para sus trabajadores; otorgarles  licencia laboral  cuando decidan adoptar y  dar un día descanso adicional remunerado  a los trabajadores y trabajadoras del hogar. En las casas donde no haya ese servicio, a  las amas de casa se les reconocerá el trabajo.

Derecho colectivo

En materia colectiva laboral  se cocina una reforma a  la Ley de relaciones colectivas de trabajo, como el de permitir el trabajo del personal necesario, en las huelgas  que se adelanten en  empresas de servicios públicos indispensables.  Así mismo, las organizaciones sindicales tienden a ser robustecidas, al  establecer derecho a licencia con goce de remuneraciones por representación sindical.

Seguridad Social

La seguridad social en salud ampliaría la cobertura de los beneficios   a los padres del titular.  Igualmente,  a la madre gestante y al recién nacido se les garantizaría  la atención en los sistemas de seguridad social de ESSALUD y el Sistema Integral de Salud (SIS); siempre que cuenten con tres meses de aportación consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al embarazo.

Derecho Procesal del Trabajo

Ampliar el plazo de prescripción de derechos laborales a 15 años, como se debate en la Comisión de Trabajo del Congreso de la República, constituiría una inseguridad jurídica para las partes implicadas en un contrato de trabajo. Demasiado tiempo para demandar el reconocimiento de derechos ese tipo, no es acorde con la naturaleza social que tiene el salario, es decir de la necesidad que se pague una vez causado, por su carácter eminentemente alimentario.

Actualmente en el orden jurídico peruano existe un vacío legal al respecto, por haber prevalecido el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales.

 

@luforero4
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